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SIROC: el aviso de obra ante el IMSS que evita multas

En construcción, un trámite olvidado puede costarte miles de pesos. Uno de los más importantes —y de los que más se pasan por alto— es el SIROC, el aviso de obra ante el IMSS. Te explicamos qué es, quién debe presentarlo y por qué te protege.

¿Qué es el SIROC?

El SIROC es la plataforma del IMSS donde registras tus obras de construcción, sus fases e incidencias. En pocas palabras, es el aviso de obra: le informas al Instituto que vas a ejecutar una obra y con qué personal.

¿Quién debe presentarlo?

Están obligados los sujetos del Art. 5 del ROTIC:

  • El propietario de la obra: persona física o moral con derecho sobre el inmueble.
  • Los contratistas que ejecutan la obra con personal a su servicio.
  • Los subcontratistas contratados para construir.

¿Cuánto tiempo tienes para registrarlo?

Tienes 5 días hábiles desde el inicio de los trabajos (Art. 12 del ROTIC). Además, necesitas registro patronal por municipio y tu e.firma para presentarlo.

Por qué te evita multas

  • Fuera de plazo = multa: registrar tarde genera sanciones (de 20 a 350 UMA).
  • Sin registro te bloqueas: no puedes presentar los reportes bimestrales y se bloquea tu Opinión de Cumplimiento (32-D).
  • El acuse es tu escudo: el folio del SIROC es tu comprobante de cumplimiento ante cualquier auditoría.

Si además prestas servicios especializados, revisa qué es el REPSE. Y para saber si cada obra te está dejando dinero, te explicamos la contabilidad de obra.

Preguntas frecuentes

¿Cuándo debo presentar el SIROC?

El aviso de registro de obra se presenta dentro de los cinco días hábiles siguientes al inicio de los trabajos. Presentarlo tarde es de las causas más comunes de multa.

¿Qué pasa si no registro la obra en el SIROC?

El IMSS puede determinar cuotas obrero-patronales de forma estimada y aplicar multas. Además complica la terminación de obra y el finiquito con el instituto.

¿El SIROC sustituye al REPSE?

No. Son trámites distintos y ante autoridades distintas: el SIROC es ante el IMSS y controla la obra; el REPSE es ante la STPS y autoriza la prestación de servicios especializados.

¿Tienes obras sin registrar?

En Consultiem registramos tus obras y te mantenemos al día ante el IMSS. Enfócate en construir; de los trámites nos encargamos nosotros.

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